LOS ENREDOS DE UN PLAGIO
Dr. Alfredo Michel Modenessi - Catedrático de la Universidad Nacional Autónoma de México
SEAN LOS LECTORES LOS MEJORES JUECES
El fin de esta página es poner a disposición pública información básica y muestras claras del uso no autorizado ni reconocido de mi traducción de La comedia de los enredos (The Comedy of Errors) de William Shakespeare, en el montaje escénico que con el mismo título se ha presentado en diversos escenarios de España al menos desde mediados de 2016, con un libreto acreditado en todos los registros, materiales promocionales, programas de mano y notas periodísticas disponibles, como "versión" y adaptación de Carlota Pérez-Reverte Mañas, bajo la dirección de Alberto Castrillo Ferrer.
Mi traducción fue utilizada sin previo aviso ni solicitud y, lógicamente, sin mi autorización ni la de Espasa, editorial en la que fue publicada en 2012; asimismo, en ninguno de los materiales antes referidos se reconoce su uso.
He comprobado lo anterior a partir de ver y estudiar exhaustivamente el vídeo íntegro del montaje referido los días 16, 17 y 18 de octubre de 2017 en la ciudad de Madrid, en la sede del Centro de Documentación Teatral del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y la Música del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de España; quien desee cotejar mis resultados puede hacerlo allí mismo. Aprovecho para enviar a esa estupenda institución mi infinito agradecimiento por su hospitalidad y calidad, humana y técnica.
Dos muestras adicionales comprueban que Carlota Pérez-Reverte Mañas también hizo uso no reconocido de al menos otras dos traducciones: 1. la de José Arnaldo Márquez, avecindado en España en el siglo XIX, y 2. la de Hugo Chaparro Valderrama, publicada en 2000 por Norma Editorial y luego por DeBolsillo-Random House-Mondadori.
Es fundamental observar que un acto de apropiación indebida del trabajo intelectual y/o creativo de otra persona es siempre total, del mismo modo que un hurto -por ejemplo, el de una billetera o un auto- siempre es el hurto del objeto en su totalidad, y no sólo de las partes que quien lo hurta finalmente use o deseche. Es decir, que sea cual sea su extensión, no puede defenderse como si fuera un hecho parcial o de mínima cuantía, pues, a fin de tomar para sí el material ajeno, quien lo hace primeramente lo toma en su totalidad, para luego utilizar lo que le convenga o acomode. En otras palabras, hay uso indebido tanto en la utilización como en el descarte de los textos apropiados sin autorización ni reconocimiento.
NOVEDADES: DESDE LA PUBLICACIÓN DE ESTA PÁGINA, LO MÁS DESTACABLE HA SIDO LA ADMISIÓN DE LA APROPRIACIÓN INDEBIDA DE MI TRABAJO Y EL DE OTROS POR PARTE DE CARLOTA PÉREZ-REVERTE MAÑAS, MEDIANTE CORREOS ELECTRÓNICOS, CON ABUNDANCIA DE EXCUSAS Y EXPLICACIONES QUE NADA DISCULPAN Y SÓLO EXPLICAN EL PROCEDIMIENTO ILEGÍTIMO, MISMAS QUE NO SON EN ABSOLUTO SORPRENDENTES, PERO RESULTAN ALECCIONADORAS SOBRE EL MODO COMÚN Y CORRIENTE EN QUE SE PERPETRAN ESTOS ILÍCITOS. HE DECIDIDO HACER PÚBLICOS ESOS CORREOS A FIN DE QUE LOS LECTORES INTERESADOS CUENTEN CON LA VERDAD TEXTUAL DE LO QUE HEMOS INTERCAMBIADO, EN LUGAR DE DICHOS Y DECLARACIONES QUE SE PRESTEN A TRATAR DE SESGAR O MAQUILLAR LO EVIDENTE.
ASIMISMO, HAN APARECIDO NUEVAS NOTAS EN UN DIARIO ESPAÑOL Y UNA REVISTA MEXICANA, MISMAS QUE SE PÙEDEN CONSULTAR ABAJO. COMO DIGO EN TODOS LOS CASOS, QUEDE AL LECTOR LA MEJOR OPINIÓN.
VÉASE LA ACTUALIZACIÓN JUNIO 2018,
ASÍ COMO LAS NUEVAS NOTAS PERIODÍSTICAS, ABAJO,
Y MIS "COMENTARIOS AL ARTÍCULO DE "EL PAÍS", EN EL MENÚ PRINCIPAL